viernes, 30 de abril de 2010

Un gran logro aprobación de ley antisecuestro: AGA

MEXICO.- Como un gran logro legislativo calificó el Senador de la República, Alejandro González Alcocer, la aprobación de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
Esta ley establece entre otros apartados que quien prive la libertad de otro se le aplicarán de 20 a 40 años de prisión y de 500 a dos mil días de multa.
El Senador Alcocer, explicó que estas penas aumentarán de 25 a 50 años de cárcel y de 4 mil a 8 mil días de multa, si en la privación de la libertad los autores del delito sean o hayan sido integrantes de alguna institución de seguridad pública, de procuración de justicia o de las Fuerzas Armadas.
El proyecto de decreto crea un Fondo de Apoyo a las Víctimas u Ofendidos para su atención médica y psicológica, que se conformará con recursos que del Presupuesto de Egresos de la Federación, se hayan obtenido por enajenación de bienes decomisados o que hayan sido objeto de extinción de dominio relacionados con este delito, entre otros.
El Senador Alejandro González Alcocer resaltó que se ha hecho un esfuerzo muy importante para lograr uno de los mejores productos legislativos que beneficiará a la sociedad.
“Sé que no está todo lo que se pidió por parte del Ejecutivo, no está todo lo que se pidió a través de distintas iniciativas ni tampoco está todo lo que han pedido los ciudadanos, pero se ha avanzado mucho y seguiremos avanzando más en esta cuestión, mientras estemos abiertos a la opinión de todos”, reconoció González Alcocer, Presidente de la Comisión de Justicia.
Por otra parte con la finalidad de poder combatir con más éxito el delito del secuestro, se contempló la responsabilidad de los tres órdenes de gobierno y los principios de coordinación policíaca en su persecución. En este tema se preponderó la búsqueda en la especialización de un cuerpo policíaco que se dedique específicamente al tema.
Lo relevante de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro es que se establecen las modalidades del delito de secuestro y sus sanciones; las medidas de protección, atención y asistencia a víctimas y ofendidos; y la distribución de competencias y formas de coordinación entre los distintos órdenes de Gobierno.
El documento, que también reforma diversos ordenamientos, se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

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